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Parcial por entusiasmo

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Hace unas semanas salió la noticia: la fiscalía solicitó la recusación del juez ponente en el juicio de Mannheim contra el presunto grupo terrorista de extrema derecha "S". En el debate público, este paso suele leerse como un acontecimiento dramático, casi sensacional. En realidad es una herramienta que todo abogado lleva en su maleta y que, según el caso, puede ser el paso correcto e incluso necesario.

Una moción de recusación no es una acusación de corrupción. Descansa en una idea sencilla: la justicia no solo debe hacerse, también debe verse hecha. Un juez es parcial no solo cuando realmente favorece a una parte, sino ya cuando, vistos los hechos desde fuera y desde la perspectiva del afectado, existe una duda razonable sobre su imparcialidad.

Esto se tiende a olvidar. En un proceso penal todo depende del juez: si se cree a un testigo, si se acuerda una prueba, cómo se valora una declaración, si se admiten circunstancias atenuantes. Si quien dirige todo eso aparece públicamente comprometido con un resultado determinado, el sistema tiene un problema — y el acusado también.

Por eso los defensores y, en su caso, la acusación hacen uso de esta herramienta. No para paralizar el proceso, sino para protegerlo. Una recusación motivada no es un ataque al poder judicial; es el poder judicial defendiéndose frente a la apariencia de parcialidad.

Naturalmente, la moción solo prospera en casos contados. No se recusa a un juez porque formule preguntas críticas, lleve un trato firme o decida contra una parte en cuestiones procesales. El listón es más alto: tienen que concurrir hechos concretos que justifiquen desconfianza. Una simpatía declarada hacia una parte, un comentario sobre el resultado antes de practicar la prueba, contactos informales que eluden a la otra parte — esos son los escenarios clásicos.

Quien participa en un proceso penal — ya sea como acusado, acusación particular o testigo — debería saber que existe esta posibilidad. Y que se puede usar sin vergüenza. Un tribunal en el que una parte se siente prejuzgada no es un tribunal en sentido constitucional. Para eso existe la recusación. A veces basta con presentarla para calmar la situación; a veces se cambia la sala; a veces el tribunal mismo se asegura de que puede juzgar sin sesgo. Todo ello es legítimo y, en última instancia, sirve al proceso mismo.